La nueva LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos) inició oficialmente el 25 de mayo de 2018, pero ¿qué implica esta nueva normativa en cuanto al tratamiento de datos personales?
En primer lugar, la nueva LOPD establece una mayor protección y transparencia en la gestión de datos personales. Las empresas que recojan información de sus clientes, proveedores u otras personas, deberán informar sobre el uso que se va a hacer de dicha información y obtener su consentimiento de forma expresa y por escrito.
Además, en segundo lugar, la nueva normativa implica la creación de figuras importantes como el Delegado de Protección de Datos, encargado de garantizar el cumplimiento de la LOPD y asesorar a la empresa en la gestión de datos personales, y el Registro de Actividades de Tratamiento, en el que se deberán registrar todos los tratamientos de datos personales que se realicen.
Otra implicación de la nueva LOPD es la obligación de notificar a la Agencia Española de Protección de Datos cualquier violación de la seguridad de los datos personales en la empresa, con el fin de evitar posibles daños a los afectados, como se señala en tercer lugar.
Por último, la nueva normativa también establece sanciones más severas para las empresas que no cumplan con la protección de datos personales, que pueden llegar hasta los 20 millones de euros o el 4% de la facturación anual, según lo establecido en el último párrafo.
En conclusión, la nueva LOPD implica una mayor responsabilidad y transparencia en el tratamiento de datos personales, así como la creación de nuevas figuras y medidas de seguridad para garantizar la protección de los mismos.
La nueva LOPD es la actualización de la Ley de Protección de Datos española que fue aprobada el 25 de mayo de 2018.
Esta actualización se llevó a cabo para adaptar la ley a los cambios tecnológicos que se han producido en los últimos años y para adecuarse a la normativa europea sobre protección de datos, conocida como el Reglamento General de Protección de Datos o RGPD.
Desde la fecha de su aprobación, todas las empresas y organizaciones que traten datos personales deben cumplir con la nueva LOPD, de lo contrario, se enfrentarán a sanciones económicas y posibles demandas por parte de los afectados.
La nueva LOPD establece nuevas obligaciones para las empresas, como la designación de un Delegado de Protección de Datos, la elaboración de evaluaciones de impacto y la notificación de brechas de seguridad, entre otras.
En definitiva, la entrada en vigor de la nueva LOPD supone un paso adelante en la protección de los datos personales en España y un mayor control por parte de las empresas en el tratamiento de la información de sus clientes y empleados.
La Ley de Protección de Datos que se encuentra en vigencia en España es la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre. Esta Ley tiene como objetivo proteger los datos personales de los ciudadanos y garantizar su privacidad, estableciendo medidas de seguridad y transparencia en su tratamiento.
La Ley se aplica a todas las empresas y organizaciones que manejen datos personales, ya sea a través de medios digitales o en formato físico, y establece sanciones en caso de incumplimiento de las normativas establecidas.
Una de las novedades más importantes de esta Ley es la creación de la figura del Delegado de Protección de Datos, encargado de velar por el cumplimiento de las normativas y de proteger los derechos de los ciudadanos en relación con el tratamiento de sus datos personales.
Es importante destacar que la Ley de Protección de Datos en vigor es una respuesta a la necesidad de adaptar el marco legal español a las nuevas realidades tecnológicas y a la evolución constante del ámbito digital, y busca garantizar la protección y privacidad de datos personales de los ciudadanos en todo momento.
Las sanciones por importe igual o inferior a 40000 € prescriben al cabo de tres años. Es importante tener en cuenta que el plazo de prescripción comienza a contar desde el día siguiente al de la notificación de la sanción. Si la sanción no ha sido notificada al infractor, el plazo de prescripción será de cuatro años desde que se cometió la infracción.
Otro aspecto importante a tener presente es que, si durante el transcurso del plazo de prescripción se produce algún acto que suponga una interrupción del mismo, se reinicia el plazo de tres años. Entre estos actos se incluyen notificaciones, requerimientos o actuaciones administrativas realizadas en el marco del procedimiento sancionador.
Por lo tanto, si se ha cometido una infracción y se ha impuesto una sanción por importe igual o inferior a 40000 €, es conveniente tener presente el plazo de prescripción y cualquier acto que pudiera interrumpirlo. Si transcurrido el plazo de tres años la sanción no ha sido notificada, se podrá entender que ha prescrito y, por tanto, no se podrá exigir su cumplimiento.
La nueva Ley de Protección de Datos es un tema que ha estado en boca de todos durante los últimos meses. Una de las preguntas que más se hacen las empresas y los usuarios es "¿Cómo se llama la nueva LOPD?"
La respuesta a esta pregunta es que la nueva LOPD se llama "Reglamento General de Protección de Datos" (RGPD). Este reglamento fue aprobado por la Unión Europea en 2016 y entró en vigor el pasado 25 de mayo de 2018.
El RGPD es una normativa que busca proteger los datos personales de los ciudadanos europeos. Su objetivo principal es garantizar que las empresas que recopilan y tratan datos personales lo hagan de forma legal y transparente, con el consentimiento del usuario y con medidas de seguridad adecuadas.
En definitiva, el RGPD es una normativa muy importante que afecta a todas las empresas y organizaciones que tratan datos personales de ciudadanos europeos. Es importante que estas entidades se adapten a los requerimientos del RGPD para evitar posibles sanciones y para garantizar la protección de los datos personales de los usuarios.